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El usuario tiene libertad para elegir al Notario de su preferencia en Transacciones con los Bancos

A PARTIR DEL 06 DE MARZO DEL 2019 EL USUARIO TIENE LIBERTAD PARA ELEGIR AL NOTARIO DE SU PREFERENCIA EN TRANSACCIONES CON LOS BANCOS

MODIFICAN CÓDIGO DEL CONSUMIDOR

CON FECHA 06 DE MARZO DEL 2019 SE EMITIÓ LA RESOLUCION SBS N° 904-2019, LA CUAL MODIFICA EL ARTICULO 28 DEL REGLAMENTO DE GESTIÓN DE CONDUCTA DE MERCADO DEL SISTEMA FINANCIERO, APROBADO POR RESOLUCIÓN SBS N° 3274-2017, DICHA NORMA COMPLEMENTA LO REGULADO EN EL ART. 90-A DE LA LEY N° 30908-LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 29571-CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LIBRE ELECCIÓN, RESPECTO DE LOS SERVICIOS NOTARIALES EN LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS, SIENDO OBLIGACIÓN DE LAS EMPRESAS QUE FORMAN PARTE DEL SISTEMA FINANCIERO, LO SIGUIENTE:

  • PROPORCIONAR A LOS USUARIOS LA RELACIÓN ACTUALIZADA DE LOS NOTARIOS DE LA PROVINCIA DE TRUJILLO, LA CUAL SE ENCUENTRA A LIBRE DISPOSICIÓN EN LA PAGINA WEB DEL COLEGIO DE NOTARIOS DE LA LIBERTAD www.colegionotarioslalibertad.pe
  • PONER EN CONOCIMIENTO DE LOS USUARIOS RESPECTO AL DERECHO QUE LE ASISTE PARA DECIDIR QUE SERVICIO NOTARIAL PUEDE ESCOGER EN FUNCIÓN DE SU PREFERENCIA.
  • BRINDAR AL USUARIO COPIA DE LOS DOCUMENTOS REGISTRALES EN LOS QUE CONSTEN LAS FACULTADES DE SUS REPRESENTANTES O APODERADOS LEGALES PARA SUSCRIBIR LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS EN SU NOMBRE, EN EL CASO QUE LA EMPRESA FINANCIE LA TRANSFERENCIA.

* PARA TAL EFECTO LOS USUARIOS PUEDEN ELEGIR AL NOTARIO QUE SE ENCARGARÁ DE ELEVAR LAS ESCRITURAS PÚBLICAS EN LOS CASOS DE:

  • COMPRAVENTA DE INMUEBLES
  • CONSTITUCIÓN Y CANCELACIÓN DE GARANTÍAS MOBILIARIAS YA SEA POR DOCUMENTO PUBLICO O PRIVADO (CRÉDITO VEHICULAR)
  • CONSTITUCIÓN Y CANCELACIÓN DE HIPOTECAS (CRÉDITO HIPOTECARIO)

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